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Muchos de los escritores nos preguntan sobre la importancia y cómo se puede crear una Sociedad Limitada (SL) para, por ejemplo, montar una editorial. Es por eso que ofrecemos en este artículo una guía que cualquiera puede seguir con todas las pautas necesarias para formar una SL.
Lo primero que se debe hacer es registrar el nombre de la sociedad en el Registro Mercantil Central, y pedir el certificado negativo de denominación social. Este es el documento que acredita que el nombre elegido no coincide con el de otra sociedad que ya exista.
Después de conseguir el certificado, el nombre queda reservado para el solicitante durante un plazo de seis meses, si bien tan solo tendrá una validez de tres meses hasta que sea registrado ante Notario. Si se supera este período hay que renovar el certificado, y después de seis meses sin utilizar, el nombre queda disponible para cualquier otra persona.
A continuación habrá que abrir una cuenta bancaria a nombre de la empresa que se va a constituir, e ingresar el capital mínimo, que es de 3.000 euros. En la entidad bancaria se debe emitir un certificado de ingreso, que se presentará en la Notaría posteriormente.
El siguiente paso consiste en redactar los estatutos sociales, que son las normas que regirán la empresa y que se incorporarán a la escritura pública de constitución. Los estatutos tienen que tener unos contenidos mínimos, siendo lo más recomendable es encargarlos a un despacho de abogados o directamente a la Notaría.
Una vez firmadas las escrituras, hay que dirigirse a Hacienda para conseguir el NIF provisional de la sociedad, junto a las etiquetas y las tarjetas identificativas. Para esto hay que aportar el modelo 036 debidamente cumplimentado, la fotocopia del DNI del firmante, y la fotocopia de la escritura de constitución de la empresa.
Después se presentará el modelo 036 junto con el alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), indicando el inicio de la actividad o actividades que se van a desarrollar, y cuáles son estas. Todas estas labores son de una cierta complejidad, por lo que se pueden encargar a una asesoría fiscal.
El penúltimo paso para constituir la sociedad es inscribirla en el Registro Mercantil de la provincia en la que se haya fijado el domicilio social, para lo cual se cuenta con un plazo de dos meses desde el momento en que se obtiene la escritura de constitución. En este momento hay que aportar los siguientes documentos:
Ya completados los pasos que hemos visto hasta aquí, lo último que se tiene que hacer es canjear la tarjeta provisional de NIF por la definitiva en la Agencia Tributaria, después de inscribir efectivamente la constitución de la sociedad.
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