Cuestiones esenciales sobre la fiscalidad del escritor

por Tregolam en Artículos Literarios
La fiscalidad del escritor La fiscalidad del escritor

Publicar un libro va mucho más allá del ámbito literario. Cuando acabamos de escribir un libro, aún nos queda un largo camino: corregir, publicar, promocionar y… un momento, vamos a poner nuestra obra a la venta. ¿Cómo nos afecta eso si somos autores independientes la fiscalidad del escritor? En cuanto se produce una venta, hay un ingreso (no necesariamente un beneficio). Y en cuanto hay ingresos de por medio, entra en juego la fiscalidad.

El problema reside en que, si nosotros mismos somos autores-editores, las cuestiones fiscales a veces no están demasiado claras, ya que apenas se generan ingresos y, por tanto, no se presta la atención necesaria. ¿Deberíamos declarar el dinero de las ventas? ¿Y los derechos de autor recibidos si publicamos con una editorial? ¿Es conveniente darse de alta como autónomo o no?

Vamos a hablar sobre la fiscalidad del escritor para que sepas qué decisión tomar.

 

Cuándo deberías declarar por las ventas de tu libro

Antes de meternos de lleno en las arenas movedizas de la fiscalidad del escritor, tenemos que definir conceptos y hacer una aclaración. Es algo obvio, pero nunca está de más recordarlo.

¿Qué es el IVA?

Las siglas IVA se refieren al Impuesto sobre el Valor Añadido, es decir, al impuesto que grava el importe de un producto en las distintas fases de su producción. En España, es del 21% para los libros electrónico (y 4% para los libros en papel). ¿En qué se traduce esta definición?

1) El IVA afecta a los productos finales.

2) Como consecuencia de lo anterior, el encargado de recaudar el IVA será el vendedor de ese producto final, en nuestro caso, aquel que venda el libro.

Vender en Amazon

Si vendes tu libro en Amazon o a través de alguno de sus hermanos, no hay de qué preocuparte. Como te contamos en el artículo anterior, Amazon se queda con el 30% de las ganancias en concepto de impuestos (consultar reducciones según país), por lo que los ingresos generados no repercuten en su totalidad en ti. Además, estas plataformas son las que cobran el IVA en cada venta, así que la fiscalidad recaerá en ellas y tú no tendrás que mover ni un dedo.

Si, por el contrario, has decidido vender el libro o el eBook tú mismo en tu web, blog o de la forma que sea (a través de coedición, por ejemplo), deberás facturar el IVA y devolverlo a ese gigante llamado Hacienda. Para hacer esto, tendrías que establecerte como autónomo o ser una empresa. O no…

2. Establecerse como autónomo, ¿sí o no?

Un trabajador autónomo es todo aquel que lleva a cabo una actividad económica de forma habitual, personal y directa a título lucrativo. Otras de sus características residen en la responsabilidad ilimitada, la ausencia de separación entre el patrimonio personal y el de la empresa, y el no estar sujeto a contrato de trabajo.

Parece sencillo, ¿verdad? Nada más lejos de la realidad. La propia definición de autónomo no hace más que aumentar nuestras dudas. Para empezar, ¿qué se considera actividad económica habitual? Quizá pienses que el hecho de dedicarle un número inmenso de horas a tu libro o que las musas te hayan hecho una visita y hayas escrito tres novelas en un año basta para convertir la escritura en tu tarea central.

Si solo hiciera falta contabilizar las horas que pasamos frente al ordenador a modo de jornada laboral para saber si debemos establecernos como autónomos, la respuesta sería fácil. Claro que deberíamos, pues los libros no se escriben solos en un par de días o meses.

Pero no estamos hablando en términos de tiempo, dedicación o frecuencia, sino de dinero. Aquí el concepto habitual se refiere a si esa actividad que estás realizando “te da de comer”, o sea, si puede considerarse tu sueldo, tu sustento económico principal. Para saber si debes darte de alta como autónomo, solo tienes que fijarte en tu nivel de ingresos (mensuales o anuales). Por tanto, siguiendo la normativa en España a fecha de 2022, tus ingresos deberían están por encima del Salario Mínimo Interprofesional (900€/mes en 14 pagas) o ser mayores de lo que marca el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, 532´51€/mes).

3. Declaración de ganancias y factura

En caso de obtener ganancias por la venta de tu obra y te corresponde la liquidación de esas regalías, la editorial te pedirá una factura. A fines prácticos, puedes generar una factura, aún siendo un trabajador con contrato, jubilado o en paro, simplemente dandote de alta en Hacienda (esto no tiene coste) SIN SER AUTÓNOMO. De esta forma luegos podrás emiter una factura con la ganancia a nombre de la editorial. Finalmente, debemos declarar los ingresos obtenidos por IVA e IRPF en nuestra actividad presentando los modelos 036 y 037.

De lo contrario, estaremos apropiándonos indebidamente de esos impuestos.

Además, las editoriales declararán sus operaciones, por lo que si nosotros no lo hiciésemos Hacienda se daría cuenta fácilmente. Esta metodología cuenta para un máximo de hasta 500 €/mes, pasado esa suma deberás darte de alta como autónomos.

 

4. ¿Cuándo considerarnos escritores?

A parte de la imprecisión en el término habitual, las fronteras también son difusas cuando hay que definir si un autor es un escritor profesional o no. Aunque tú te sientas como tal, solamente escribir un libro no sirve para que las leyes lo tengan en cuenta. Resulta lógico: si no se tienen en cuenta otras variables, cualquiera podría ser catalogado como escritor. Así que, como no hay una titulación universitaria que lo demuestre, Javier Pellicer nos indica en su magnífico artículo sobre la fiscalidad que un escritor profesional es aquel que:

1) Ha publicado cinco libros distintos por cuenta ajena y en ediciones comerciales españolas.

2) Ha percibido beneficios económicos por la venta de sus libros superiores a 900 €
Y a esto añade que: no se computan como libros los financiados por el propio autor o aquellos cuya tirada sea inferior a 500 ejemplares en obras poéticas o 2000 en obras de otro género.

Ser artista suena muy bonito, sí, pero todo lo que rodea al arte como profesión se hace caótico y duro. Faltan leyes transparentes y específicas que regulen el enorme fenómeno que ha generado la autopublicación de libros.

 

5. Hasta aquí los ingresos, pero ¿qué pasa con los derechos de autor?

Si vas a publicar con una editorial, esta tendrá que darte una parte de las ventas en calidad de derechos de autor. Para ello, necesitarás emitir una factura. ¿Y qué sucede si no somos autónomos? ¿Cómo podemos hacerlo? Una vez más volvemos al Salario Mínimo Interprofesional y a qué se considera una actividad habitual.

Si tus ingresos no superan los 707´60€ mensuales y no facturas todos los meses, no hace falta que te hagas autónomo. Eso sí, tendrás que pasar por algunos trámites burocráticos: darte de alta en Hacienda y rellenar el modelo 036.

Aquí te dejamos un par de artículos que pueden ayudarte en caso de que publiques con una editorial*:

La fiscalidad del escritor (II): ¿Qué tengo que hacer para emitir una factura?, de Javier Pellicer.

Facturar sin ser autónomo: ¿es posible o no?, Gestron.

*Nos referimos a las editoriales tradicionales, no a la autopublicación o coedición, ya que en esta el autor conserva sus derechos de autor, no los cede.

 

5. Conclusiones sobre la fiscalidad del escritor

Ya ves que la ley no establece unos criterios demasiado claros ni proporciona información suficiente respecto a la fiscalidad de los escritores. Sin embargo, podemos concluir que hay indicadores como el Salario Mínimo Interprofesional y el IPREM que pueden sernos de gran ayuda para tomar una decisión dentro de los márgenes de la legalidad. Si no superas esas cantidades o no son frecuentes, no tendrías por qué establecerte como autónomo.

Además, ten en cuenta que ser autónomo en España no es ninguna ventaja salvo que tus ingresos realmente puedan compensar las tasas que debes pagar por ser tú mismo tu empresa (y eso sin hablar del papeleo…).

Si rozas los niveles de ingresos que hemos mencionado, empiezas a tener éxito en las ventas o aún albergas alguna duda, te aconsejamos que contactes con un asesor fiscal. Él te explicará mejor que nadie cuáles son los límites y te asesorará en todo momento. Otra opción sería preguntar directamente a Hacienda, pero… existe una posibilidad, aunque sea pequeña, de que velen más por sus propios intereses que por los tuyos.

Así que no tengas reparos en consultar a un experto en fiscalidad. Mejor quitarse las dudas y andar el camino libre de piedras que añadirnos problemas que no estábamos buscando.

Artículos relacionados

Tags

Compartir

Tregolam
Sobre
Tregolam

Empresa de Servicios Editoriales. Agregador de #Concursos Literarios y Becas, #ServiciosEditoriales, #Noticias, #Entrevistas, #Literatura

Consiento el tratamiento de mis datos.
TREGOLAM tratará sus datos con la finalidad de gestionar su comentario en este sitio web. Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad, limitación y oposición, como le informamos en nuestra Política de Privacidad y Aviso Legal.

Comentarios (50)

  • Un artículo claro y muy útil.

  • Mateo says:

    Un buen articulo, felicidades, me queda una duda, pongo un ejemplo, un trabajador de cualquier oficio, se jubila, cobra poco más de mil € mes, como dispone de tiempo y algunas ideas, se pone a escribir y publica una novela, o la presenta a un concurso, por h o por b, se la premian, o saca algún dinero por ella.
    Me preguntó y preguntó. ¿No sería razonable que Hacienda se llevase su parte del «pastel» poniendo un gravamen o llevándose por ejemplo un 25% de las ganancias que se lleve el autor jubilado, ¡no escritor profesional! y nos dejen exponer y sacar de nuestras cabezas, las ideas y experiencias que hemos podido recopilar a lo largo de nuestra vida? Porque si tenemos que pagar la S.S el mínimo 266 € m más 8€ euros que van a subir a partir de Junio ( para el que no lo sepa) Mejor sacarse la licencia de pesca, que para los jubilados es gratis, e irse a pescar, «lo que pesquen por lo menos se lo pueden comer gratis, sin pagar nada Hacienda» Un saludo.

    • Tregolam says:

      Hola Mateo
      Como indica el artículo, no en todos los casos hay que darse de alta como autónomo. En caso de los premio literarios, no hace falta estar dado de alta, ya de por sí Hacienda se queda con el 19% (o más, dependiendo el monto) y el resto se decolara en la Renta como cualquier ingreso.
      Hay que estudiar bien caso por caso, muchas veces, con estar dado de alta en la IAE es suficiente.
      Pero no confundir ganancias por Premio que ganancias por venta de ejemplares. Son dos cosas completamente diferentes.

      Saludos!

      • Juan says:

        En TODO caso hay que darse de alta como autónomo, sí o sí. Y más ahora que lo controlan mucho más, ya que estamos en un país de pandereta en el cual es mejor no hacer nada, pedir una casa social y cobrar el sueldo mínimo vital, que emprender.
        Si se cobra por venta de libros es una ACTIVIDAD económica y la SS.SS puede cruzar datos y pedir las cuotas atrasadas más un 20%. Y esta es la realidad. Que luego les lleves a juicio y un juez diga que no es para tanto, que es una actividad esporádica (pero en realidad se venden libros, aunque sean 5 al mes, durante meses…) es otro debate.

        • Tregolam says:

          Hola Juan
          No, no hace falta ser autónomo. En el artículo está perfectamente explicado.
          Un cosa es cotizar y otra declarar.

          Saludos

  • Nely García says:

    Tengo una duda: he publicado cuatro libros con editoriales de auto publicación, o coedición y no he recibido ganancias. Estoy jubilada y mi jubilación supera un poco el salario mínimo. Desearía poner mi próxima novela en Amazon y quizás, alguna de las otras, ¿puedo?
    Esperando respuesta.
    Saludos cordiales

    • Tregolam says:

      Hola Nely
      Claro que puedes poner tu libro en Amazon. Si has autopublciado, los derechos son tuyos y puedes hacer con tu libro lo que desees. Con Amazon deberás firmar un contrato digital que te obligará a cierta exclusividad. Pero vamos, puedes hacerlo.
      Suerte!

  • Nely García says:

    Gracias por la respuesta.
    Saludos cordiales.

  • Andrés Acosta González says:

    Tengo una pensión que se acerca a la máxima. He publicado varios libros y he renunciado expresamente a los derechos de autor y a cualquier ganancia a efectos de notener problemas. Pero ahora me voy a presentar a un premio literario. ¿He de renunciar también al dinero que me puedan dar si gano?
    Muchas gracias.
    Un cordial saludo.
    A. Acosta

    • Tregolam says:

      Hola Andrés
      Tampoco tendrías problemas cobrando el dinero, no tienes porqué renunciar a él, es tuyo.
      Por más jubilación que cobres, ganar un premio no es incompatible con tu jubilación, con ese mismo razonamiento no podrías ganar la lotería.
      Tanto para las regalías, como para un premio, se efectúa la declaración correspondiente en Hacienda y listo.
      En el caso de las regalías por ventas de libros no es una actividad económica más, están regidas por otros criterios. Infórmate con tu gestor.
      Saludos

  • Fran says:

    Hola:
    Muchas gracias por el artículo.
    Os planteo la siguiente duda.
    Soy veterinario autónomo y he autoeditado un libro sobre veterinaria qur voy a vender por mi cuenta.
    ¿Sabrías decirme en que epígrafe o epígrafes del IAE me tengo que dar de alta?
    Además, ¿qué obligaciones fiscales tengo?
    Muchas gracias

  • Bienve says:

    Estoy jubilado cobrando una pensión superior al SMI, y he autoeditado un libro, que no pienso poner a la venta, únicamente para regalar a la familia y amigos. Puedo tener algún problema con la pensión? Tengo que declarar en algún estamento esta situación?

    Saludos

    • Tregolam says:

      Hola Bienve
      ¿Por qué tendrías que tener problemas con tu pensión? Si lo vas a regalar. Un poco de sentido común, por favor.
      Saludos

  • Alberto says:

    Hola. y enhorabuena por los artículos que publicáis.
    Actualmente estoy en situación de desempleo cobrando el subsidio para mayores de 55 años.
    Quisiera auto publicar una novela en Amazon. No pretendo tener ingresos significativos, sería imposible. Pero para hacienda aunque te ingrese un solo euro resulta obviamente un ingreso. No preocupan las miseras cuantías que pueda recibir, no superarían el IPREM. Pero si que por ridícula que sean, el Inem la considere actividad económica y me suspenda el subsidio. Simplemente querría preguntaros si os suena el tema.
    Gracias

  • javier says:

    Hola, yo tengo una duda,

    He publicado un par de libros en Amazon y he tenido ventas, pero escasas. Según entiendo al leer el artículo no he de hacer nada ya que es Amazon quien se encarga de todo ¿No tengo que añadir nada al respecto en la declaración de la renta?

    Muchas gracias de antemano

  • Sara says:

    Soy profesora y quiero publicar un cuento infantil con alguna editorial.
    Tendría que declararlo ya que trabajo para el estado?
    O solo si obtuviese muchas ganancias con el libro? Cosa de dudo…
    si me puedes asesoras los gradeceria. Un salido

    • Tregolam says:

      Si tus ganancias son menores a 500€ mes puedes darte de alta en hacienda sin ser autónomo, emites factura y luego declaras dichas facturas.
      Saludos

      • Antonio says:

        Lo primero, ¡enhorabuena por el blog! ¿Y qué pasaría si un funcionario docente vende libros en amazon y consigue generar ingresos altos que superen esas cifras, o incluso que superen sus ingresos como funcionario?
        La Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas incluye en las actividades exceptuadas del régimen de incompatibilidades “la producción y creación literaria, artística, científica y técnica, así como las publicaciones derivadas de aquellas, siempre que no se originen como consecuencia de una relación de empleo o de prestación de servicios.”
        No obstante, un funcionario no puede darse de alta como autónomo bajo ningún concepto, por lo que se produce una situación compleja sujeta a un vacío legal, según tengo entendido. ¿podríais ayudarme? Muchas gracias

        • Tregolam says:

          Hola Antonio
          Parte de tus preguntas ya están contestadas o en el artículo o en los comentarios. La incompatibilidad entre jubilación y creación se dio marcha atrás en su momento, de modo que no son incompatibles. Ni hace falta ser autónomo. Lee bien todas las respuestas.

          Por lo demás, nunca ganarás tanto dinero por publicar un libro, de modo que no te preocupes por eso y escribe.

          Saludos

          • Antonio says:

            Muchas gracias por su respuesta. En mi caso no soy jubilado, sino funcionario docente en activo. Y la verdad es que no tengo intención de escribir un libro por vocación, sino de escribir y vender numerosos manuales traducidos a muchos idiomas promocionados con publicidad activa en la red. Independientemente de lo difícil que sea vender mucho, quiero saber de antemano a qué situación legal me enfrentaría en el caso de que los ingresos fueran elevados y si mi trabajo como docente sería compatible con una actividad intensa como escritor-vendedor.
            Si pueden orientarme sobre cómo obtener respuestas concretas sobre este improbable caso hipotético lo agradecería.

  • Manuel says:

    Hola,

    Trabajo en la empresa familiar como administrativo contratado como autónomo colaborador, por lo que tengo mi alta en Seguridad Social pero no en Hacienda. Desde hace unos meses colaboro con un espacio de escritos relacionados con posicionamiento SEO y, con el aumento de las colaboraciones, he pasado a facturar mínimo unos 200/250 euros al mes, y puede que suba hasta los 300 en breve. Todos los meses hago un recibo con la retención del 15% correspondiente, ¿debería darme de alta en Hacienda y emitir en ese caso facturas para evitar problemas? ¿Qué epígrafe sería el adecuado?

  • Laura says:

    Hola. Voy a autopublicar mi primera novela y no es mi trabajo habitual ni creo que me haga con un gran ingreso. Por tanto, ¿a partir de qué momento te tienes que dar de alta en el IAE? Muchas gracias.

    • Tregolam says:

      Hola
      Técnicamente hablando, toda actividad que genera recursos debe ser susceptible a ser declarada. Pero hay que usar el sentido común, dudo que vayas a ganar 25.000€ por un libro autopublicado, de modo que te diría que no te preocupes por eso ahora y céntrate en tu libro.
      Saludos

  • Ana says:

    Buenas tardes, estoy cobrando un subsidio por desempleo y quiero publicar mi libro pero tendría que comprar 150 ejemplares a la editorial, he pensado hacer un Crowdfunding para poder asumir los gastos y vender los ejemplares, pero eso afectará a la prestación si no gano nada y solo cubro gastos?? Como podría demostrarlo??
    Muchas gracias.

    • Tregolam says:

      Publica tu libro, Ana, no te preocupes por esas cosas: nunca harás tanto dinero escribiendo como para que Hacienda te moleste.
      Mucha suerte!

  • Usoa says:

    Buenas tardes,
    Tengo un libro publicado en Amazon, y estoy teniendo muchas más ventas e las esperadas.
    Mi duda es, ¿tengo que declarar algo?, ¿Amazon informa a España de los ingresos?

  • Gari says:

    Increíble que asesores sobre la fiscalidad de los libros sin saber que el IVA de los libros es, desde hace muchísimos años, el 4%. No el 21 que indicas en tu artículo.

    • Tregolam says:

      Hola Gari
      Se refiere a los libros electrónico, que es el 21%.
      No obstante, lo hemos aclarado un poco mejor para evitar confusiones.
      Gracias!

      Saludos

  • Alejandro says:

    Gracias por ayudar.
    Soy jubilado. Cobro por pensión 11.356,06 anuales. No tengo más ingresos. Tengo tres libros publicados en Amazon. Solo de uno cobré: 109,79 € en 2018 y 39’53 en 2019. ¿Tengo que declarar y hacer la renta? ¿Es esto una actividad económica?

  • Juan Rodríguez de Tembleque says:

    Hola. Muy útil el artículo. Yo estoy jubilado desde hace un año y en los tres últimos he publicado, mediante autoedición, tres libros. El dinero que gano por sus ventas a través de librerías o distribuidores aparece en la declaración de la renta como ingreso por trabajo. Sin embargo, si descontamos lo que yo invierto en la publicación de esos libros es muy poco lo que realmente gano. ¿Esa inversión no se puede contabilizar en la declaración de la renta de forma que sea la ganancia neta la que conste como ingreso?
    Otra cosa: ¿Por que se limitan los ingresos que puedo ganar como escritor y no los que pudiera ganar jugando en bolsa o alquilando inmuebles, por ejemplo? Es a todas luces injusto, porque yo estoy «dando de comer» a editorial/es, a imprenta/s, a librerías, a distribuidores, al Estado (impuestos),… y el beneficio real propio, como digo, es comparativamente nimio. Tendrían que hacernos un monumento.

    • Tregolam says:

      Hola Juan, buenos días
      Esta consulta ya fue contestada en los comentarios y en el mismo artículo: no debes realizar la declaración de la renta sobre los ingresos obtenidos en caso de ser jubilado.
      Saludos cordiales

  • MANUEL says:

    Buenas tardes, soy funcionario y me gustaría que circulo rojo me publicara un libro. ¿Cómo repercutiria eso a efectos tributarios y de declaracion?. GRACIAS.

  • Andrés says:

    Buenos días. Soy profesor de secundaria público y quiero montar una SL para producir y vender novelas, o en su defecto, quiero enviar mis novelas a una editorial y obtener ingresos. ¿Son posibles estas opciones incluso aunque obtuviera una alta remuneración por ello?

  • jose says:

    Muy detallado documento, pero confuso y contradictorio en algunos pasajes. Por ejemplo: De lo que me paga la editorial por mi libro, ¿qué parte es la que se considera «ingreso por ventas» y cual es por «derechos de autor».? Gracias y enhorabuena por el artículo.

    • Tregolam says:

      Hola José, buenos días
      No comprendemos bien tu pregunta. Todo lo que te pague una editorial es por ventas. Incluso si cobras un anticipo, que cada vez se da en menos casos, técnicamente hablando es un anticipo por ventas a futuro.
      Uno no cobra dinero como autor por «Derechos de autor» y otro por «Ventas».

      El artículo deja bastante claro eso, no vemos contradicciones.
      Saludos

  • Laura says:

    Hola, trabajo por cuenta ajena y quiero autopublicar mi libro por amazon sin estar dada de alta en autónomos, ¿si gano menos de 500 euros al mes entonces no tengo que hacer nada? ¿Cómo influirá las ganancias de los librls en la declaración de la renta? Gracias

  • María says:

    Hola,
    Me gustaria saber si puedo darme de alta en Autónomos como escritor, a pesar de que por el momento no genere apenas ingresos. Puedo asumir las cuotas sin problemas y me interesaria añadir años a mis cotizaciones en la Seguridad Social.
    Saludos y gracias.

  • JULIO says:

    Buenos dias,
    muchas gracias por tu artículo me ha ayudado precisamente con una situación idéntica a la que describes de un editor que cobra por ventas a través de amazón. En lo que respecta al iva que comentas que es el vendedor ( amazon) el encargado de la gestión del impuesto, de cara a tenerlo atado ante una posible llamada de Hacienda para dar explicaciones, ¿qué artículos o apartados de la ley o el reglamento de iva o cualquier otra ley, recoge esta situación para poder aportarlo en su caso?.
    Muchas gracias y reitero mi enhorabuena.
    Saludos cordiales.

  • Carmen says:

    Hola!
    Antes de nada, muchas gracias por este post tan bueno.
    Soy autora de varios libros en amazon, pero ahora estoy en paro. Los libros me están generando unos 200 euros mensuales. Por lo que he leído, respecto al IVA no tengo que hacer nada, pero ¿Qué pasa con el IRPF?¿Tengo que declarar algo? No me he dado de alta como autónoma, y llevo varios meses generando estos ingresos. ¿Sería correcto? Vivo un poco con miedo por esto.
    Te agradecería mucho tu respuesta, aunque te pueda parecer redundante.
    Gracias!
    Carmen.

    • Tregolam says:

      Hola
      Es un ingreso generado por una actividad económica por tanto deberías declararlos.
      Pero ninguna agencia tributaria del mundo investiga a nadie por 200 €.

      Saludos

  • Ana says:

    Hola! Soy profesora en la enseñanza pública y me gustaría publicar en Amazon. Hace unos años tenía un libro publicado y lo quité por miedo, ya que no sabía cómo afectaría al hacerme empleada pública. ¿Si publico en Amazon, entonces, no tendría que declarar nada en la declaración de la renta, según he entendido, ya que Amazon se ocupa de todo? Con mi anterior libro no gané más de ciento y poco y dudo que vaya a ganar mucho más con los nuevos que publicara. ¡Gracias por el post!
    -Ana

  • Enrique says:

    HOLA
    Gracias por el artículo
    He publicado un libro tecnico autoeditado, pero en la imprenta me ofrecieron incluirlo dentro de su sello editorial para ahorrarme el gasto de mi propio sello. Ellos no han puesto un euro, pero el libro figura como publicdo por ellos. La tirada ha sido de 900 ej, aunque tiene un premio y una ayuda a la edición (importe ridículo), por los que he tenido que entregar a instituciones parte de la tirda, y al final solo me quedan 500 ej. para vender y recuperar inversión.
    Preguntas:
    ¿He hecho el tonto y se ha aprovechado de mi la editorial?
    ¿podría haber tenido alguna ventaja fiscal siendo yo el editor?

    Dices que si la tirada es inferior a 500 ej no es necesario declararlo. Pero el gestor (Nuevo en este aspecto) me dice que de cada libro tengo que pagar el 20% a hacienda. ¿es eso así necesariamente?

    Agradeceré mucho tu contestación. Un saludo.

    • Tregolam says:

      Hola
      La editorial se ha aprovechado de ti por otras razonares, no por un tema fiscal que no tiene nada que ver.
      Creo que hay un batiburrillo de cosas en esta consulta. Vamos por parte: no se declara el 20 % por libro, no sé de dónde sale eso. Tampoco se declaran los 500, 1000 0 5000 libros que se imprimen (no se declaran «cosas»), lo que se debe declarar, como cualquier actividad destinada a dar ganancias, es el dinero obtenido por las regalías. Es decir: la cantidad obtenida en calidad de ingresos por dicha actividad económica (vender libros) de la misma forma que se declara (IRPF) por cobrar un salario. La cantidad total que deberás pagar en calidad de retenciones dependerá de la cantidad total de ingresos que has generado durante el año (que puede ser el 7%, 14%, 20%, etc. conforme los tramos del IRPF), luego si cada actividad económico (como la venta de libros) está sujeta a descuentos o deducciones, eso ya debes comentarlo con un profesional y calcularlo.

      Cambia de gestor, por favor (y de editorial)

      • Enrique says:

        Muchisimas gracias por tu respuesta. Seguiré tus consejos.
        ¿Podrías aclararme entonces en que aspectos se ha aprovechado de mi la editorial? Estoy pez en esto y al menos quiero saber que argumentos utilizar para mandar al carajo a la editoral y que no me vuelva a pasar.

        Un saludo!

  • Deja una respuesta

    Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *